Normativas DGT sobre patinetes eléctricos

El gobierno ha acordado el martes 10 de noviembre a través de un decreto ley, nuevas normas de circulación con el fin de reducir la siniestralidad y siempre aplicando medidas que ante todo protegan a los colectivos mas vulnerables que son los peatones.

La DGT ha publicado las nuevas normas de circulación para vehículos eléctricos, en concreto hablamos de patientes eléctricos, y entre algunas de las que ya sabiamos como limitar la velocidad máxima a 25km/h o estar totalmente prohibido  el uso de cascos o el móvil, podemos destacar casi las mas importante y es que:  Desde que se publique la nueva normativa y hasta dos años vista, podremos circular con los patinetes sin documentación alguna ( Seguro aparte). Cumplidos los dos años de publicada la nueva ley ( Se calcula que a finales del 2023, principios del 2024, será obligatorio tener el certificado de circulación. Además y tambien muy a destacar es que los conductores deberán someterse a las pruebas de alcholemía si se les solicita y en caso de dar postivo se les aplicara la ley igual que a cualquier otro conductor.

Con esta medida, a los patinetes eléctricos se les aplica el reglamento general de circulación, lo que les obliga a respetar todas las normas como al resto de vehículos que circulan por las vias de todo el país y sin excepción.

Además, otras de las medida que se va a castigar es por donde se circula. Queda totalmente prohibida la circulación por vias interurbanas, travesías, autopistas o autovias. Tampoco se podrá circular por aceras ni zonas peatonales, quedando aun por aclarar y dependiendo de cada ciudad, su uso en los carriles bici y el aparcamiento.

Hasta el dia de hoy, los encargado de regular estas normas eran los propios ayutamientos, provocando un descontrol normativo entre uno y otro. A partir de ahora existirá una misma base para todo el territorio, pudiendo aún los propios consistorios legislar sobre aspectos menores.

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